Staking e impuestos: por qué tributas dos veces por la misma recompensa
El staking suena a dinero gratis: bloqueas tus criptomonedas, la red te da recompensas por ayudar a validarla, y listo. Fiscalmente, no hay nada gratis. Hay dos momentos de tributación distintos, y mezclar es donde la gente se pierde.
Momento 1: cuando recibes la recompensa
En el instante en que la recompensa de staking llega a tu wallet o tu cuenta del exchange, eso ya es un ingreso. Tributa como rendimiento del capital mobiliario, al valor de mercado de ese momento.
Si recibes 10 tokens cuando cada uno vale 5€, has tenido un ingreso de 50€, y eso entra en tu declaración del año en que lo recibiste, da igual que no hayas vendido nada todavía.
Momento 2: cuando vendes esos tokens
Cuando más adelante vendes esos mismos 10 tokens, calculas la ganancia o pérdida patrimonial normal: precio de venta menos el valor que tenían cuando los recibiste (ese 50€ pasa a ser tu "precio de compra" a efectos de este segundo cálculo).
Si los vendes cuando valen 8€ cada uno (80€ total), tu ganancia patrimonial es de 80 − 50 = 30€, que tributa en la base del ahorro.
El ejemplo completo
- Recibes 10 tokens de staking cuando valen 5€ cada uno → ingreso de 50€, tributa como rendimiento del capital mobiliario
- Seis meses después vendes esos 10 tokens a 8€ cada uno (80€) → ganancia patrimonial de 30€, tributa en la base del ahorro
Son dos hechos imponibles distintos, en dos categorías distintas del IRPF, y normalmente en dos momentos distintos del tiempo. Tratarlo como un único evento es el error más común.
¿Y si las recompensas pierden valor antes de venderlas?
Puede pasar. Recibes 10 tokens a 5€ (ingreso de 50€), y cuando los vendes valen 2€ cada uno (20€). Ahí tienes una pérdida patrimonial de 30€ (20 − 50), que compensa otras ganancias del mismo año o se arrastra hasta 4 años.
→ Perdí dinero en crypto, ¿lo declaro igual?
¿Esto cambia según el país?
La lógica de fondo —dos momentos de tributación, uno al recibir y otro al vender— es prácticamente universal porque responde a cómo funciona contablemente la operación, no a una norma específica de un país. Lo que sí cambia entre España, México, Argentina y el resto es la categoría exacta del impuesto y los tipos aplicables, así que conviene revisar la sección de tu país en el bloque de fiscalidad.
→ Volver al bloque de fiscalidad → IRPF y criptomonedas: cómo se calcula